Antecedentes
- Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley de Fondos de Inversión, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con la Miscelánea en Materia Mercantil, publicado en el DOF el 13 de junio de 2014;
- Acuerdo mediante el cual se establece el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles y las disposiciones para su operación, publicado en el DOF el 12 de junio de 2015;
- Acuerdo que modifica al diverso mediante el cual se establece el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles y las disposiciones para su operación, publicado en el DOF el 24 de septiembre de 2016;
- Decreto en virtud del cual se adicionan diversas disposiciones a los artículos 73 y 129 de la Ley General de Sociedades Mercantiles publicado en el DOF el 14 de junio de 2018; y
- Acuerdo que modifica al diverso mediante el cual se establece el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles y las disposiciones para su operación, publicado en el DOF el 24 de julio de 2018.
¿Qué es, cómo funciona y para qué sirve?
El Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM) es una plataforma digital que la Secretaría de Economía pone a disposición de las Sociedades Mercantiles, la cual funciona en línea a través de su sitio de internet https://psm.economia.gob.mx. Este sistema suple a las publicaciones que se realizaban mediante los periódicos oficiales, gacetas o periódicos de mayor circulación en los domicilios sociales de las empresas, y que además goza de gratuidad para beneficio de los usuarios.
Operaciones que ofrece el PSM:
Publicación: Captura y envío de la información que debe difundirse conforme a las leyes mercantiles. Esta información la realiza el representante legal de la persona moral, el usuario autorizado de la persona moral y/o los servidores públicos de la Secretaría.
Consulta: Búsqueda de la información y descarga de las boletas. Debido a que la información que se maneja es pública, cualquier persona puede acceder a esta información.
Rectificación: Corrección de un error en una publicación.
Al día de hoy el PSM se divide en tres secciones, la primera en “Publicaciones”, la segunda en “Publicaciones de SAS” y la tercera en “Disolución y Liquidación simplificada”
¿Quiénes pueden realizar las publicaciones haciendo uso del PSM?
Las personas que podrán realizar operaciones de publicación y rectificación en el PSM, mediante el uso de su firma electrónica avanzada son:
- Representante Legal de la persona moral.
- Usuario Autorizado de la persona moral.
- Servidores Públicos de la Secretaría de Economía
- Comisarios de la persona moral
- Socios o accionistas (únicamente respecto al procedimiento de disolución y liquidación).
Proceso de autentificación:
Las personas mencionadas anteriormente, para poder realizar operaciones en el PSM deberán autentificarse, proceso que consiste en:
- El Representante Legal deberá ingresar al PSM mediante su firma electrónica avanzada, proporcionar la información solicitada y aceptar los Términos y Condiciones.
- Posteriormente, el Representante Legal deberá dar de alta a la Sociedad en el PSM mediante la firma electrónica avanzada de ésta, ingresando la Denominación o Razón Social y el Registro Federal de Contribuyentes.
El Representante Legal de la persona moral, podrá dar de alta a Usuarios Autorizados para que realicen operaciones a nombre de ésta.
Es importante aclarar que la firma electrónica avanzada produce los mismos efectos que los presentados con firma autógrafa y tienen el mismo valor probatorio, además que es irrepudiable, en los términos del Artículo 7º de la Ley de Firma Electrónica Avanzada.
¿Quiénes pueden consultar la información en el PSM?
Cualquier persona podrá consultar la información en el PSM y descargar las boletas de las publicaciones realizadas. La consulta podrá realizarse a través de los siguientes criterios de búsqueda:
- Tipo de Publicación
- Fecha de la Publicación
- Consulta General
¿Qué se debe hacer para realizar las publicaciones?
Para llevar a cabo publicaciones en el PSM, se deberá identificar el tipo y nombre de publicación, así como la fecha de la misma, y adjuntar el documento respectivo, con las siguientes características: (i) archivo tipo PDF; y (ii) tamaño máximo de 1 Megabyte.
CONCLUSIONES
Es un hecho que el nuevo sistema electrónico de publicaciones de sociedades mercantiles así como las modificaciones aquí mencionadas nos permiten actualizar y modernizar el flujo de información hacia los socios y/o accionistas de las sociedades mercantiles, lo cual derivará en un fortalecimiento de la certidumbre y seguridad jurídica, proveyendo un medio de publicidad seguro, eficaz y gratuito cuyo fin es posibilitar a las sociedades mercantiles para que realicen las consultas y, publicaciones que establece la ley, eliminando los costos e impulsando la competitividad y productividad a nivel nacional, disminuyendo los requisitos mediante la modernización y simplificación administrativa de las disposiciones que rigen la actividad mercantil y fomentando el cumplimiento de las mismas.
Por otro lado, el PSM además de ser un sistema de protección del sistema societario mercantil, tiene efectos de inteligencia financiera con el fin de obtener información actualizada de las sociedades, socios y beneficiarios o propietarios reales.