El 7 de agosto de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
Las modificaciones tienen como finalidad armonizar las reglas administrativas con la reciente Reforma a la Ley y su Reglamento, fortaleciendo el marco regulatorio en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, así como alineando el sistema mexicano con los estándares internacionales emitidos por el Grupo de Acción Financiera (GAFI).
Principales cambios
Entre los aspectos más relevantes destacan:
- Fortalecimiento del enfoque basado en riesgos, exigiendo que los sujetos obligados ajusten sus controles internos de acuerdo con el nivel de riesgo de sus clientes, operaciones y actividades.
- Mayor énfasis en la identificación del beneficiario controlador, reforzando los requisitos para identificar a las personas físicas que ejercen el control o reciben el beneficio final de las operaciones.
- Actualización de los procedimientos de identificación y conocimiento del cliente (KYC), incorporando criterios más robustos para la integración y conservación de expedientes.
- Nuevas obligaciones para Personas Políticamente Expuestas (PEP), incluyendo medidas de debida diligencia reforzada cuando la naturaleza de la relación comercial así lo requiera.
- Adecuación de los procedimientos de registro y presentación de avisos ante la autoridad, con el propósito de facilitar el cumplimiento de las nuevas disposiciones legales.
Entrada en vigor escalonada
Las reglas arrancan el 30 de noviembre de 2026 con obligaciones exigibles hacia 2027 y procesos de auditoría programados para iniciar en 2028.
Implicaciones para las empresas
Las personas físicas y morales que realizan actividades vulnerables deberán revisar sus programas de cumplimiento para verificar que sus políticas, procedimientos y controles internos se encuentren alineados con las nuevas reglas.
En particular, será recomendable:
- Actualizar manuales, políticas internas y metodologías de clasificación de riesgos ajustadas a los nuevos criterios regulatorios.
- Revisar los procesos de identificación de clientes y beneficiarios controladores.
- Capacitar al personal responsable clave y oficiales de cumplimiento.
- Verificar que los procesos de presentación de avisos y conservación de información cumplan con los nuevos requisitos.
Es importante mencionar y destacar que las reglas de carácter general publicadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público representan un avance significativo en el fortalecimiento del régimen mexicano de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo (PLD). Más que una actualización normativa, estas disposiciones requieren que las organizaciones que realizan actividades vulnerables evalúen y, en su caso, fortalezcan sus programas de cumplimiento para asegurar su alineación con el nuevo marco regulatorio, mitigar riesgos y prevenir posibles contingencias o sanciones.
En VAHG contamos con sólida trayectoria asesorando a empresas nacionales e internacionales en materia de Prevención de Lavado de dinero (PLD) y cumplimiento regulatorio. Nuestro equipo legal analiza el impacto de estas disposiciones en las estructuras de las empresas y brinda asesoría, diseña e implementa soluciones prácticas y a la medida que les permitan atender eficazmente sus nuevas obligaciones regulatorias en México.
Fernando Hernández Gómez | Socio Senior
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**La publicación de este documento no constituye una asesoría jurídica, contable o profesional de ningún tipo, ni pretende ser aplicable a casos particulares. Este documento sólo se refiere a las leyes aplicables en México.

