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Noticias EspañolNovedades en Materia de Propiedad Intelectual Asunto: Proyecto de Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Novedades en materia de propiedad intelectual

Estimados Clientes y Colegas:

Por medio de la presente, les compartimos los detalles más relevantes respecto al nuevo Proyecto de Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

Este documento es un proyecto y actualmente se encuentra en fase de revisión. Está pendiente de aprobación y de su respectiva publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para adquirir plena validez legal.

Tiene como objetivo principal reglamentar las disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y consolidar la modernización administrativa del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

A continuación, destacamos los puntos más relevantes que contempla este documento en revisión:

Digitalización y Procedimientos en Línea: El proyecto regula exhaustivamente el uso de medios de comunicación y plataformas electrónicas para los servicios del IMPI, reconociendo el uso de la firma electrónica avanzada para dar el mismo valor probatorio que la firma autógrafa. Además, introduce formalmente el procedimiento de declaración administrativa de infracción en línea.

  • Gestión de Patentes y Diseños Industriales: Se precisan las reglas para la presentación de dibujos, divulgación de invenciones, solicitudes divisionales y los requisitos específicos para cuando las invenciones estén basadas en recursos genéticos o conocimientos tradicionales.
  • Marcas y Signos Distintivos: Se detallan los requerimientos para la representación de marcas no tradicionales (como sonidos, olores, de posición o multimedia) mediante descripciones claras y precisas, así como la posibilidad de exhibir soportes materiales o electrónicos. También se regula de manera formal el consentimiento por escrito para la coexistencia de marcas semejantes en grado de confusión.
  • Registro de Transferencia de Tecnología: Se contempla la administración de un registro específico donde se podrán inscribir contratos de licencias, acuerdos de confidencialidad, cesiones de derechos y acuerdos de colaboración que impliquen transferencia de tecnología.
  • Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias: Se faculta al IMPI para promover la conciliación entre las partes, regida por principios de confidencialidad, buena fe e imparcialidad, permitiendo acuerdos con carácter de cosa juzgada administrativa.

Entrada en vigor y próximos pasos.

De ser aprobado en sus términos actuales, los artículos transitorios del proyecto establecen que el Reglamento entrará en vigor a los noventa días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Continuaremos monitoreando de cerca el proceso de revisión y aprobación de este proyecto normativo para mantenerlos puntualmente informados sobre su publicación oficial en el DOF y los impactos definitivos que tendrá en el manejo de sus portafolios de propiedad intelectual.

Atentamente,

Vázquez Aldana, Hernández Gómez & Asociados